El sector del turismo ha sido uno de los sectores económicos más golpeados por las medidas adoptadas para prevenir el contagio del COVID-19, debido a que es una actividad que necesariamente debe haber una interacción social.
El 24 de agosto de este año, el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la resolución 1443 estableció las normas que todos los operadores turísticos deben adoptar para la reapertura de los servicios y atractivos turísticos del país. Entre las medidas más importantes se encuentran las siguientes:
- Los prestadores de servicios turísticos deben garantizar el distanciamiento físico mínimo de dos metros.
- En los lugares turísticos se debe verificar el aforo máximo permitido durante los recorridos.
- Se debe garantizar elementos de bioseguridad para los trabajadores y clientes.
- En los sitios urbanos se debe mantener un margen de 10 minutos entre los grupos que visiten el mismo lugar y realizar la desinfección de los mismos.
- En los destinos de naturaleza, los grupos de personas deben ser de entre 4 y 6 personas.
- Para los sitios de descanso se solicita que se cumpla con el distanciamiento social de 4 metros.
Los operadores turísticos de transporte tienen la responsabilidad de vigilar que los turistas acaten las normas de bioseguridad tomando la temperatura, realizar la desinfección de los medios de trasporte antes y después de cada recorrido, mantener todas las zonas con ventilación natural y exigir que los turistas realicen la limpieza de sus objetos personales.
Nuestros uniformados de la Policía de Turismo harán el acompañamiento a este sector verificando que estas normas se cumplan y sobre todo garantizando la seguridad y convivencia ciudadana de los turistas.
Para obtener más información sobre las medidas sanitarias para prevención del COVID-19 para el sector turístico puede visitar la página web del Ministerio de Salud y Protección Social, siguiendo el siguiente enlace https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%20No.%201443%20de%202020.pdf
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